top of page

Horas extra en Costa Rica: cuándo nacen, cuánto se pagan y cómo probarlas sin enredos

  • legalfernandeza
  • hace 13 horas
  • 2 Min. de lectura

Si en tu empresa “a veces se quedan un rato más” pero nadie lo documenta, estás comprando un problema: reclamos retroactivos, inspecciones y liquidaciones infladas.


Acá va lo esencial (sin humo) para manejar horas extra con orden.


1) ¿Cuándo nacen las horas extra?

En Costa Rica, hay “jornada extraordinaria” cuando el trabajo efectivo se hace:

- fuera de los límites legales de jornada, o

- por encima de una jornada menor pactada en contrato.


Y regla clave: esas horas deben pagarse con un 50% adicional sobre el salario (mínimo o el superior pactado).


Ojo: NO se consideran horas extra las horas usadas para “arreglar” errores imputables solo al trabajador.


2) Límites legales (para no improvisar)


Primero, recordá la jornada ordinaria:

- Diurna: máximo 8 horas al día.

- Nocturna: máximo 6 horas al día.

- Máximo 48 horas semanales.


Además:

La jornada ordinaria + extraordinaria NO puede pasar de 12 horas al día (salvo situaciones excepcionales por siniestro o riesgo inminente).


Traducido: en condiciones normales, el “te quedas 6 horas extra” no es un tema de pago… es un tema de incumplimiento.


3) No todo trabajo permite horas extra

En labores peligrosas o insalubres, no se permite jornada extraordinaria.


4) ¿Diurna, nocturna o mixta? (sí importa)

- Diurno: entre 5:00 y 19:00.

- Nocturno: entre 19:00 y 5:00.


Y la mixta se vuelve nocturna si incluye 3.5 horas o más dentro del tramo nocturno.


5) Descansos y “tiempo efectivo”

Tiempo efectivo incluye cuando la persona está a la orden del patrono, o no puede salir del lugar durante descanso/comidas.

Y si la jornada es continua, hay un descanso mínimo obligatorio de media hora.


6) Cómo blindarte: prueba simple (empresa)

Si querés evitar pleitos, ocupas dos cosas: (A) regla clara y (B) evidencia.


Checklist mínimo:

☐ Política interna de horas extra (autorización previa + excepciones reales)

☐ Registro diario de entrada/salida (biométrico/app/bitácora firmada)

☐ Aprobación de horas extra por jefatura (correo/WhatsApp corporativo)

☐ Reporte mensual de horas extra + cálculo (para que todos vean números)

☐ Soportes de necesidad (picos de demanda, cierres, inventarios, entregas)

☐ Prohibición expresa de “quedarse por costumbre” sin autorización


7) Errores típicos que salen carísimos

- “Aquí todos son de confianza” (y por eso no pagan extras) → mito frecuente.

- No llevar registros y luego “arreglarlo” en una liquidación.

- Pagar extras como “bono” sin desglose.

- Dejar instrucciones de quedarse solo por llamadas/WhatsApp (queda probado).


Cierre (para empresas y trabajadores)

Horas extra no es solo “pagar un poquito más”.

Es: límites + autorización + registro + cálculo correcto.


Si querés que revisemos tu caso (o tu política interna) con criterio legal y números claros, escribime la palabra:

“EXTRAS” al WhatsApp 8711-3339.


(Nota: Este artículo es informativo y no sustituye asesoría legal para un caso concreto; cada jornada y actividad puede tener reglas especiales.)

 
 
 

Comentarios

Obtuvo 0 de 5 estrellas.
Aún no hay calificaciones

Agrega una calificación

Lic. Daniel Fernández Arauz

Abogado y Notario Público

87113339

Calle 38 & Avenida 9, San José Province, San José, Mantica, Costa Rica

No vengo a venderte nada. Vengo a traerte claridad
  • Instagram
  • Facebook
  • LinkedIn
bottom of page